Legislación › Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de junio de 2013 y la del 20 de septiembre de 2014.
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Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, se aprobará el reglamento por el que se regule el Consejo Autonómico de las Personas con Discapacidad. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de septiembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-9959 | Leer | Qué cambió |
| 13 de junio de 2013 | Texto original | Leer |
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