LexTotal

Legislación › Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental.

Artículo 24. Asignación de recursos en el sistema Villaviciosa.

Artículo 24. Asignación de recursos en el sistema Villaviciosa.

1. Se asigna a Villaviciosa para atender las demandas 2,30 hm3/año de los recursos superficiales, los recursos de la masa de agua subterránea Villaviciosa y del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA que actualmente utiliza.

2. Se asigna a Colunga para atender las demandas 0,83 hm3/año de los recursos superficiales y los recursos de las masas de agua subterránea Villaviciosa y Llanes-Ribadesella que actualmente utiliza.

3. A los municipios de Caravia y Cabranes, para atender las demandas se asignan 0,33 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente.

4. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,39 hm3/año, de los recursos disponibles del sistema.

5. Para atender las demandas industriales, se asignan 1,01 hm3/año procedentes de recursos subterráneos.

← Artículo 23 Índice Artículo 25 →