Legislación › Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.
Artículo 27. Asignación de recursos en el sistema Oria.
Artículo 27. Asignación de recursos en el sistema Oria.
– Alto Oria.
1. Se asigna a Idiazabal para atender las demandas 0,30 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Beasain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Arriarán que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa.
2. Se asigna a Beasain para atender las demandas 1,22 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Beasain, Arama y Aralar que actualmente utiliza y de los recursos regulados en los Embalses de Arriarán y Lareo que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa.
3. Se asigna a Lazkao para atender las demandas 0,64 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Beasain y Aralar que actualmente utiliza y de los recursos regulados en los Embalses de Arriarán y Lareo que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa.
4. Se asigna a Ordizia para atender las demandas 0,87 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Arama y Aralar que actualmente utiliza y de los recursos regulados en los Embalses de Arriarán y Lareo que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa.
5. A los municipios de Zegama, Segura, Zerain, Mutiloa, Olaberria, Gabiria, Ormaiztegi, Ezkio-Itsaso, Ataun, Zaldibia, Arama, Altzaga, Baliarrain, Gaintza, Abaltzisketa, Orendain, Itsasondo y Legorreta, para atender las demandas se asignan 1,83 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente.
6. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,14 hm3/año, de los recursos disponibles.
7. Para atender las demandas industriales estimadas en 7,56 hm3/año, se asignan los recursos procedentes del río Oria.
– Medio Oria.
8. Se asigna a Tolosa para atender las demandas 1,81 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Tolosa que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa.
9. Se asigna a Leitza para atender las demandas 0,87 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Basaburua-Ulzama y macizos Paleozoicos Cinco Villas-Quinto Real que actualmente utiliza.
10. Se asigna a Ibarra para atender las demandas 0,32 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Tolosa que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa.
11. Se asigna a Zizurkil para atender las demandas 0,45 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Tolosa que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa.
12. Se asigna a Villabona para atender las demandas 1,16 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Tolosa que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa.
13. Se asigna a Andoain para atender las demandas 1,49 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Tolosa y Andoain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Ibiur que le suministra el Consorcio de Aguas de Gipuzkoa.
14. A los municipios de Ikaztegieta, Alegia, Amezketa, Altzo, Bidegoian, Albiztur, Betelu, Araitz, Orexa, Lizartza, Gaztelu, Leaburu, Belauntza, Areso, Berastegi, Elduain, Berrobi, Hernialde, Anoeta, Irura, Alkiza, Larraul, Asteasu y Aduna, para atender las demandas se asignan 2,67 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente.
15. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,25 hm3/año, de los recursos disponibles.
16. Para atender las demandas industriales se asignan 10,22 hm3/año, de los recursos superficiales.
– Bajo Oria.
17. Se asigna a Lasarte-Oria para atender las demandas 1,38 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Andoain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Añarbe que le suministra la mancomunidad de Aguas del Añarbe del Sistema Urumea.
18. Se asigna a Usurbil para atender las demandas 0,84 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Andoain que actualmente utiliza y de los recursos regulados en el Embalse de Añarbe que le suministra la mancomunidad de Aguas del Añarbe del Sistema Urumea.
19. Para atender las demandas industriales estimadas en 1,58 hm3/año, se asignan recursos procedentes del río Oria.
20. Para atender las demandas de usos recreativos (golf) se asignan 0,08 hm3/año, de los recursos disponibles del sistema.


