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Legislación › Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.

Artículo 30. Asignación de recursos en el sistema Bidasoa.

Artículo 30. Asignación de recursos en el sistema Bidasoa.

1. Se asigna a Baztan para atender las demandas 2,20 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de las masas de agua subterránea Basaburua-Ulzama y macizos Paleozoicos Cinco Villas-Quinto Real que actualmente utiliza.

2. Se asigna a Doneztebe/Santesteban para atender las demandas 0,28 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea macizos Paleozoicos Cinco Villas-Quinto Real que actualmente utiliza.

3. Se asigna a Lesaka para atender las demandas 0,66 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea macizos Paleozoicos Cinco Villas-Quinto Real que actualmente utiliza.

4. Se asigna a Bera para atender las demandas 0,46 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea macizos Paleozoicos Cinco Villas-Quinto Real que actualmente utiliza.

5. A los municipios de Beintza-Labaien, Urrotz, Oitz, Donamaria, Bertizarana, Ezkurra, Eratsun, Saldias, Zubieta, Ituren, Elgorriaga, Sunbilla, Arantza, Igantzi y Etxalar, para atender las demandas se asignan 1,41 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente.

6. Se asigna a Irún y Hondarribia para atender las demandas 9,03 hm3/año de los recursos regulados en los Embalses de Domico y San Antón o Endara y de los recursos de la masa de agua subterránea Jaizkibel que incluye los manantiales de la cara norte, de la cara sur y los sondeos recientemente construidos gestionados por Servicios de Txingudi S.A.

7. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,77 hm3/año, de los recursos disponibles del sistema.

8. Para atender las demandas industriales se asignan 0,60 hm3/año, de los recursos superficiales del sistema.

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