Legislación › Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.
Artículo 60. Criterios generales.
Artículo 60. Criterios generales.
La administración competente en la designación de las zonas del Registro de Zonas Protegidas en sus distintas categorías y tipologías comunicará a la Administración Hidráulica las modificaciones, altas o bajas, relacionadas con dichas designaciones para la actualización del mencionado registro. Además se tendrán en cuenta los instrumentos de ordenación y gestión que puedan existir.


