LexTotal

Legislación › Ley 3/2013, de 9 de mayo, de uso, protección y promoción de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.

Artículo 17. Publicaciones oficiales.

Artículo 17. Publicaciones oficiales.

Las disposiciones, resoluciones y acuerdos de los órganos institucionales de la Comunidad Autónoma, además de en castellano, podrán publicarse también en las lenguas y modalidades lingüísticas propias, mediante edición separada del «Boletín Oficial de Aragón», cuando así lo acuerde el órgano autor de tales disposiciones o acuerdos.

← Artículo 16 Índice Artículo 18 →