Legislación › Ley 3/2013, de 28 de mayo, de integración de los inmigrantes en la sociedad de Castilla y León.
Artículo 18. Acceso a la información.
Artículo 18. Acceso a la información.
1. Los poderes públicos facilitarán a los inmigrantes el acceso a los programas de información en materia de empleo y reconocimiento de títulos y competencias profesionales, de formación profesional, de ocupación, de orientación y de intermediación laboral y demás actuaciones formativas y de fomento del empleo, en los términos establecidos en la normativa aplicable.
2. Promover la información, orientación, difusión adecuada al colectivo inmigrante sobre las líneas de acceso a una vivienda, bien en compra, o alquiler, así como las ayudas públicas a las que pueden optar según las distintas modalidades.


