LexTotal

Legislación › Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva.

Artículo 41. Actuación del Consejo Superior de Deportes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de julio de 2013 y la del 19 de febrero de 2017. Tachado: lo que se quitó (129 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 41. Actuación de la Agencia Española de Protección del Consejo Superior de la Salud en el Deporte. Deportes.
1. La Agencia Española de Protección El Consejo Superior de la Salud en el Deporte Deportes establecerá una política efectiva de protección de la salud de los deportistas y de las personas que realizan actividad deportiva.
Esta política se plasmará en un Plan de Apoyo a la salud en el ámbito de la actividad deportiva que determine los riesgos comunes y específicos, en especial atendiendo a las diferentes necesidades de mujeres, hombres y menores de edad, así como a las necesidades específicas por razón de discapacidad y las medidas de prevención, conservación y recuperación que puedan resultar necesarias en función de los riesgos detectados.
2. Dicho Plan incluirá necesariamente un conjunto de instrumentos didácticos para orientar y formar a los propios deportistas en los hábitos y formas saludables de la práctica deportiva, así como a los directivos, técnicos y entrenadores y personal sanitario que realice su labor en la actividad deportiva de cualquier categoría.
3. Las actuaciones a que se refieren los apartados anteriores cuidarán de garantizar particularmente su efectividad en las competiciones deportivas de ámbito estatal en las que participen grupos especiales de riesgo, como menores de edad o personas con discapacidad. A tal fin, se promoverán instrumentos de cooperación y coordinación con las Comunidades Autónomas y las Entidades locales implicadas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de febrero de 2017 En vigor BOE-A-2017-1674 Leer Qué cambió
11 de julio de 2013 Texto original Leer

← Artículos 41 a 51 Índice Artículo 42 →