LexTotal

Legislación › Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva.

Artículo 4. Definición del dopaje en el deporte con licencia deportiva. La lista de sustancias y métodos prohibidos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de julio de 2013 y la del 30 de diciembre de 2021. Tachado: lo que se quitó (215 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4. Definición del dopaje en el deporte con licencia deportiva. La lista de sustancias y métodos prohibidos.
1. Se considera dopaje en el ámbito del deporte organizado o con licencia deportiva la realización por alguna de las personas incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ley de alguna de las conductas establecidas en el artículo 22, interpretadas con el alcance que se establece en el anexo de definiciones de esta Ley.
2. En el marco de los compromisos y obligaciones internacionales asumidos por España, y en particular de la Convención Antidopaje de Unesco, el Consejo Superior de Deportes publicará en el «Boletín Oficial del Estado», mediante Resolución de su Presidencia, la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte. Esta publicación tendrá carácter periódico y se producirá, en todo caso, cuando se introduzcan cambios en la misma.
El Consejo Superior de Deportes establecerá formas adicionales de información y de consulta de la lista de sustancias y métodos prohibidos mediante su inserción en páginas digitales de instituciones y de entidades relacionadas con el deporte, así como por cualquier otro medio o soporte que facilite el conocimiento, la difusión y la accesibilidad de la misma.
El Consejo Superior de Deportes velará, específicamente, por la uniformidad en España de las listas procedentes de las distintas instancias internacionales y por la seguridad jurídica en el establecimiento para un mismo periodo de una lista única.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2021 En vigor BOE-A-2021-21650 Leer Qué cambió
11 de julio de 2013 Texto original Leer

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →