Legislación › Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 29/1998 de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 29/1998 de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Se añade un apartado 5 al artículo 19 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que queda redactado en los siguientes términos:
«Tendrán legitimación para recurrir ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo las resoluciones del Tribunal Administrativo del Deporte que se dicten en asuntos de disciplina deportiva en materia de dopaje, todas las personas mencionadas en el artículo 40.4 de la Ley Orgánica de Protección de la Salud del Deportista y Lucha contra el Dopaje en la Actividad Deportiva.»


