Legislación › Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
Disposición final vigésima. Entrada en vigor.
Disposición final vigésima. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Téngase en cuenta que esta disposición se deroga, en la medida en que se refiera a alguno de los preceptos derogados por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11723., según establece su disposición derogatoria única.b)
Se deroga, en la medida en que se refiera a alguno de los preceptos derogados por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11723., según establece su disposición derogatoria única.b)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de octubre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11723 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 2013 | Texto original | Leer |
← Disposición final decimonovena Índice [Información relacionada] →


