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Legislación › Ley 5/2013, de 30 de mayo, de fomento de la investigación y de la innovación de Galicia.

Artículo 13. Programas, ejes prioritarios, retos u otro tipo de organización del Plan gallego de investigación e innovación.

Artículo 13. Programas, ejes prioritarios, retos u otro tipo de organización del Plan gallego de investigación e innovación.

1. Las distintas consejerías de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y las distintas entidades instrumentales del sector público autonómico de Galicia con competencias en materia de innovación e investigación contribuirán a la elaboración de los programas, ejes prioritarios, retos u otro tipo de organización del plan, cada una de ellas en función de las competencias que le resulten propias. Asimismo, el Comité Asesor de Investigación e Innovación descrito en el artículo 20 podrá realizar recomendaciones en relación con los programas, ejes prioritarios, retos u otro tipo de organización del Plan.

2. Tendrán preferencia para su inclusión en los programas, ejes prioritarios, retos u otro tipo de organización del Plan aquellas acciones que fomenten y desarrollen el conocimiento científico y técnico en aquellos ámbitos temáticos identificados como prioritarios para Galicia, así como las dirigidas a explotar sus potencialidades innovadoras, la transferencia y la valorización de los resultados.

Se modifica por el art. 32.3 de la Ley 7/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-1849.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-1849 Leer Qué cambió
17 de septiembre de 2013 Texto original Leer

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