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Legislación › Real Decreto 397/2013, de 7 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ingeniería.

Artículo 3. Ámbito material y territorial.

Artículo 3. Ámbito material y territorial.

1. El campo de actividad de la Academia comprende el estudio y la investigación de los fundamentos científicos y técnicos de la Ingeniería, sus aplicaciones tecnológicas y sus técnicas operativas, así como todo lo relativo al proyecto, desarrollo y explotación de sus realizaciones.

2. El ámbito territorial de la Real Academia de Ingeniería es el Reino de España, sin perjuicio de la posibilidad de realizar actividades en el exterior o establecer relaciones de colaboración con entidades extranjeras.

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