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Legislación › Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes.

Disposición final primera. Título competencial.

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Disposición final primera. Título competencial.
Lo dispuesto en este real decreto tiene el carácter de normativa básica, al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. La regulación contenida en los artículos 17 bis, 17 ter, 18, 19 y 20, en los anexos IV y V de este real decreto y en su disposición adicional cuarta, cuarta y anexos IV, V, IX y X, se dictan al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.ª y 23.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación general de la sanidad, sanidad exterior y legislación básica sobre protección del medio ambiente, respectivamente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de julio de 2023 En vigor BOE-A-2023-15736 Leer Qué cambió
11 de julio de 2013 Texto original Leer

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