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Legislación › Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas.

Disposición adicional segunda. Prórroga automática del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de enero de 2013 y la del 16 de abril de 2016. Tachado: lo que se quitó (20 palabras). Subrayado: lo que se añadió (30 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional segunda. Prórroga automática del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
La vigencia del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo se prorrogará de forma automática por períodos de seis meses, a partir del 16 de agosto de 2013, siempre que la tasa de desempleo sea superior al 20 18 por ciento según la última Encuesta encuesta de Población Activa población activa publicada con anterioridad a la fecha de la prórroga y se reúnan, dentro del período prorrogado que corresponda, los requisitos establecidos en el Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto.
Téngase en cuenta que la redacción de esta disposición se declara dada por la disposición final 2 del Real Decreto-ley 1/2016, de 15 de abril. BOE-A-2016-3647, ha sido declarada inconstitucional y nula, en los términos señalados en el fundamento jurídico 9, nula por Sentencia del TC 100/2017, 156/2017, de 20 21 de julio. BOE-A-2017-9659 diciembre. BOE-A-2018-618

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de octubre de 2017 En vigor BOE-A-2017-11500 Leer Qué cambió
16 de abril de 2016 BOE-A-2016-3647 Leer Qué cambió
27 de enero de 2013 Texto original Leer

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