Legislación › Real Decreto 476/2013, de 21 de junio, por el que se regulan las condiciones de cualificación y formación que deben poseer los maestros de los centros privados de Educación Infantil y de Educación Primaria.
Disposición adicional primera. Prórroga de la actividad docente.
Disposición adicional primera. Prórroga de la actividad docente.
Los Maestros que, a la entrada en vigor de este real decreto, y en aplicación de la Orden de 11 de octubre de 1994, por la que se regulan las titulaciones mínimas que deben poseer los Profesores de los centros privados de Educación Infantil y Primaria, reunían los requisitos exigidos para impartir docencia en Educación Infantil o en Educación Primaria, podrán continuar impartiendo docencia en dichas etapas.


