Legislación › Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia.
Artículo 27. Requisitos.
Artículo 27. Requisitos.
Los centros dependientes de universidades del SUG ubicados en un país extranjero deberán reunir los requisitos establecidos para los centros universitarios en la presente ley y demás normativa de aplicación, con las salvedades derivadas de la legislación del país de que se trate, y que sean de aplicación en cada caso.


