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Legislación › Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia.

Artículo 35. Impartición por las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Artículo 35. Impartición por las universidades del Sistema universitario de Galicia.

La impartición por parte de las universidades del SUG de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, en la modalidad no presencial, estará sometida a los mismos criterios y procedimientos requeridos para las enseñanzas presenciales, teniendo en cuenta las posibles especificidades derivadas de esta modalidad.

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