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Legislación › Ley 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Disposición adicional primera. Otras iniciativas de calidad.

Disposición adicional primera. Otras iniciativas de calidad.

1. Los órganos y organismos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el resto de entes sujetos al ámbito de aplicación de esta ley que desarrollen cualesquiera otras iniciativas de calidad en el marco de la misma, suministrarán a la Comisión para la evaluación de las políticas públicas y la calidad de los servicios públicos información a los efectos de su inclusión en el Informe de Evaluación.

2. El Gobierno de Aragón remitirá a las Cortes de Aragón, para su conocimiento, el Informe realizado.

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