Legislación › Real Decreto 629/2013, de 2 de agosto, por el que se regula la pesca del coral rojo, su primera venta y el procedimiento de autorización para la obtención de licencias para su pesca.
Artículo 12. Permuta de licencias.
Artículo 12. Permuta de licencias.
Una vez concluido el procedimiento de concesión de autorizaciones, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Secretaría General de Pesca podrá autorizar, a petición de los interesados, que hayan obtenido autorización, la permuta de sus licencias de pesca de coral, siempre que no se perjudique a terceros.


