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Legislación › Ley 1/2013, de 24 de mayo, de medidas de reestructuración del sector público autonómico.

Artículo 7. Atribuciones del Consejo de Gobierno.

Artículo 7. Atribuciones del Consejo de Gobierno.

En relación con el SEPA corresponde al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias:

a) Establecer las directrices generales en el ámbito de sus competencias, propias o de ejecución, en las que hayan de enmarcarse los criterios, programas y acciones del SEPA.

b) Nombrar y cesar a los vocales del Consejo Rector.

c) Nombrar y separar al Gerente, a propuesta del Consejo Rector.

d) Aprobar el proyecto de presupuesto del SEPA.

e) Aprobar el reglamento de organización, funcionamiento y régimen interior y su estructura administrativa, así como la relación de puestos de trabajo, el catálogo de puestos de trabajo y la oferta pública de empleo.

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