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Ley 1/2013, de 24 de mayo, de medidas de reestructuración del sector público autonómico.
En vigor Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 13 de agosto de 2013 · Último cambio el 31 de mayo de 2013 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Instituto Asturiano de Estadística.
- Artículo 2. Entidades públicas 112 Asturias y Bomberos del Principado de Asturias.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 3. Objeto.
- Artículo 4. Naturaleza.
- Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6. Convenios.
- Artículo 7. Atribuciones del Consejo de Gobierno.
- Artículo 8. Atribuciones de la Consejería de adscripción.
- Sección 2
- Subsección 1
- Artículo 9. Órganos.
- Artículo 10. Estructura administrativa.
- Subsección 2
- Artículo 11. Naturaleza y funciones.
- Artículo 12. Composición.
- Subsección 3
- Artículo 13. Titularidad.
- Artículo 14. Funciones.
- Artículo 15. La Vicepresidencia.
- Subsección 4
- Artículo 16. Nombramiento y cese.
- Artículo 17. Incompatibilidades.
- Artículo 18. Funciones.
- Sección 3
- Artículo 19. Recursos económicos.
- Artículo 20. Régimen presupuestario y contable.
- Artículo 21. Régimen patrimonial y de contratación.
- Artículo 22. Régimen de personal.
- TÍTULO II
- Artículo 23. SEDES, S.A.
- Artículo 24. SRT y RECREA.
- Artículo 25. DITASA.
- Artículo 26. GITPA.
- Artículo 27. Parque de la Prehistoria, S.A.U.
- Artículo 28. Empresa Pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A.
- Disposición adicional primera. Marcas, nombres y logotipos.
- Disposición adicional segunda. Consejo del Fuego del Principado de Asturias.
- Disposición adicional tercera. Gestión del Hotel de la Reconquista.
- Disposición transitoria. Personal del SEPA.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley del Principado de Asturias 7/2006, de 3 de noviembre, de Estadística.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley del Principado de Asturias 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio.
- Disposición final tercera. Caducidad de las autorizaciones de enajenación y disolución.
- Disposición final cuarta. Autorización para elaborar un texto refundido en materia de estadística.
- Disposición final quinta. Proyecto de Ley de emergencias.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma


