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Legislación › Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

Disposición adicional segunda. Personal sometido al Real Decreto 240/2013, de 5 de abril.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de agosto de 2013 y la del 24 de diciembre de 2017. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional segunda. Personal sometido al Real Decreto 1324/1995, 240/2013, de 28 5 de julio. abril.
La prestación de servicios y los cursos de formación del personal sometido al Real Decreto 1324/1995, 240/2013, de 28 5 de julio, abril, se debe ha de tener en cuenta a los efectos de promoción profesional en los cuerpos de las policías locales de las Illes Balears.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de diciembre de 2017 En vigor BOE-A-2018-287 Leer Qué cambió
19 de agosto de 2013 Texto original Leer

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