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Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.
En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 24 de agosto de 2013 · Último cambio el 13 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Objetivos básicos de los criterios de coordinación. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- TÍTULO II
- Artículo 4. Denominación y naturaleza jurídica. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 5. Funciones de los cuerpos de policía local.
- Artículo 6. Ámbito territorial de actuación. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 7. Creación de cuerpos de policía local.
- Artículo 8. Asociaciones de municipios en materia de policía local. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 9. Concepto.
- Artículo 10. Funciones de coordinación. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 11. Órganos de coordinación. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 11 bis. Otros órganos con competencia en materia de las policías locales diferentes de la coordinación.
- Artículo 12. Funciones de la consejería competente en materia de coordinación de policías locales. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 13. Registro de las Policías Locales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 14. Naturaleza.
- Artículo 15. Composición. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 16. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 17. Naturaleza.
- Artículo 18. Composición. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 19. Funciones. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- CAPÍTULO III bis
- Artículo 19 bis. Naturaleza.
- Artículo 19 ter. Funciones, composición, funcionamiento y régimen interno.
- CAPÍTULO III ter
- Artículo 19 quater. Naturaleza.
- Artículo 19 quinquies. Funciones, composición, funcionamiento y régimen interior.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 20. Estructura de los cuerpos de policía local 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 21. Titulación.
- Artículo 22. Jefatura del cuerpo de policía local. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 22 bis. Escala facultativa técnica.
- CAPÍTULO II
- Artículo 23. Principios de actuación. Ética y transparencia profesional. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 24. Armamento. 3 redacciones · cambió el 13/12/2024
- Artículo 25. Documento de acreditación profesional.
- Artículo 26. Uniformidad.
- Artículo 27. Medios técnicos.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 28. Función formativa. 3 redacciones · cambió el 10/07/2021
- Artículo 29. Formación externa. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- CAPÍTULO II
- Artículo 30. Distribución de competencias. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 31. Sistemas de acceso.
- Artículo 32. Requisitos para el acceso. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 33. Requisitos para la promoción. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 34. Sistemas de selección. 3 redacciones · cambió el 10/07/2021
- Artículo 34 bis. Retribuciones del personal funcionario en prácticas.
- Artículo 34 ter. Abandono del periodo de prácticas en el municipio. 2 redacciones · cambió el 13/12/2024
- CAPÍTULO III
- Artículo 35. Sistemas de provisión de puestos de trabajo. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 36. Reglas generales del concurso. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 37. Concurso de méritos.
- Artículo 38. Concurso específico. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 39. Libre designación. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 40. Provisión de puestos por causas estacionales y extraordinarias.
- Artículo 41. Ocupación de puestos de trabajo con carácter temporal. 4 redacciones · cambió el 16/06/2022
- CAPÍTULO IV
- Artículo 42. Régimen aplicable. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 43. Requisitos para la movilidad.
- CAPÍTULO V
- Artículo 44. Requisitos para permutar.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 45. Reingreso en el servicio activo. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 46. Régimen jurídico.
- Artículo 47. Derechos colectivos.
- Artículo 48. Derechos individuales. 3 redacciones · cambió el 13/12/2024
- Artículo 49. Igualdad de mujeres y hombres. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 50. Incompatibilidades e interdicción del derecho de huelga. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 51. Retribuciones. 2 redacciones · cambió el 13/12/2024
- Artículo 52. Premios y distinciones. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 53. Prestación del servicio. 2 redacciones · cambió el 13/12/2024
- Artículo 54. Deberes.
- CAPÍTULO II
- Artículo 55. Concepto y características. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 56. Causas. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 57. Por razón de edad. 3 redacciones · cambió el 16/02/2019
- Artículo 58. Por petición de la persona interesada. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 59. Por insuficiencia de las aptitudes psicofísicas. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 60. Retribuciones. 3 redacciones · cambió el 16/02/2019
- Artículo 61. Régimen disciplinario y de incompatibilidad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 62. Jubilación. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 63. Régimen aplicable. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 64. Responsabilidad civil y penal.
- Artículo 65. Comunicación de infracciones.
- Artículo 66. Extensión de la responsabilidad. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 67. Faltas disciplinarias.
- Artículo 68. Faltas muy graves.
- Artículo 69. Faltas graves. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 70. Faltas leves. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Sección 2
- Artículo 71. Sanciones. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 72. Criterios de gradación de sanciones. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Sección 3
- Artículo 73. Competencia sancionadora.
- CAPÍTULO III
- Artículo 74. Extinción de la responsabilidad.
- Artículo 75. Prescripción de las faltas.
- Artículo 76. Prescripción de las sanciones.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 77. Principios inspiradores del procedimiento.
- Artículo 78. Reglas básicas procedimentales.
- Artículo 79. Inicio del procedimiento y derecho de defensa. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 80. Nombramiento de instructor y secretario. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 81. Abstención y recusación.
- Artículo 82. Prueba. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 83. Vista del expediente y copia de las actuaciones.
- Artículo 84. Información de la concurrencia de otras infracciones administrativas o penales.
- Artículo 85. Archivo de actuaciones.
- Sección 2
- Artículo 86. Iniciación.
- Artículo 87. Propuesta y resolución.
- Sección 3
- Artículo 88. Incoación.
- Artículo 89. Medidas cautelares.
- Artículo 90. Determinación y comprobación de los hechos.
- Artículo 91. Actuaciones iniciales. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 92. Pliego de cargos.
- Artículo 93. Fase de prueba.
- Artículo 94. Traslado de actuaciones practicadas en periodo de prueba.
- Artículo 95. Propuesta de resolución.
- Artículo 96. Alegaciones.
- Artículo 97. Elevación del expediente.
- Artículo 98. Reducción de plazos. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Artículo 99. Resolución del expediente.
- Artículo 100. Devolución del expediente al instructor.
- Artículo 101. Contenido de la resolución.
- Artículo 102. Caducidad.
- Sección 4
- Artículo 103. Ejecución de la sanción.
- Artículo 104. Ejecutividad de las sanciones
- Artículo 105. Anotación y cancelación
- Disposición adicional primera. Regulación municipal de la segunda actividad.
- Disposición adicional segunda. Personal sometido al Real Decreto 240/2013, de 5 de abril. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Disposición adicional tercera. Medidas de fomento de la igualdad en el empleo público. 3 redacciones · cambió el 13/12/2024
- Disposición adicional cuarta. Gestión de las comunicaciones.
- Disposición adicional quinta. Escuela de Seguridad Pública de las Illes Balears.
- Disposición adicional sexta. Delitos de odio motivados por la orientación sexual o la identidad de género.
- Disposición adicional séptima. Régimen específico y singular de Formentera.
- Disposición adicional octava. Bolsa extraordinaria para la categoría de policía. 2 redacciones · cambió el 16/06/2022
- Disposición adicional novena. Régimen disciplinario de los alumnos de la Escuela Balear de Administración Pública en materia de formación y capacitación policial.
- Disposición adicional décima. Reserva para el acceso libre a plazas de la categoría de policía de militares profesionales de tropa y marinería.
- Disposición transitoria primera. Policías auxiliares a extinguir. 2 redacciones · cambió el 23/12/2017
- Disposición transitoria segunda. Policías turísticos y policías auxiliares turísticos por extinguir.
- Disposición transitoria tercera. Funcionarios de los cuerpos de policía local en situación de segunda actividad por razón de edad con destino.
- Disposición transitoria cuarta. Segunda actividad por razón de edad.
- Disposición transitoria quinta. Procesos selectivos.
- Disposición transitoria sexta. Faltas disciplinarias.
- Disposición transitoria séptima. Procedimientos disciplinarios.
- Disposición transitoria octava. Revisión de oficio de sanciones.
- Disposición transitoria novena. Vigencia temporal de los reglamentos.
- Disposición transitoria décima. Comisarios de segunda por extinguir.
- Disposición transitoria undécima. Reconocimiento de los miembros jubilados de la policía local.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo de la ley.
- Disposición final segunda. Reglamentos de policía local municipal.
- Disposición final tercera. Comisiones de servicios del personal funcionario con habilitación de carácter estatal.
- Disposición final cuarta. Distribución del fondo de seguridad pública.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Disposición final sexta. Desarrollo reglamentario de la prevención de riesgos laborales de las policías locales.
- Firma


