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Legislación › Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Artículo 32. Régimen de personal.

Artículo 32. Régimen de personal.

1. El personal al servicio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia estará constituido por:

a) El personal funcionario de carrera.

b) El personal laboral.

c) El personal eventual.

2. El Presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia presentará anualmente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través del Ministerio de Economía y Competitividad, la propuesta de Oferta de Empleo Público correspondiente al organismo. Dicha propuesta tendrá en cuenta las necesidades de recursos humanos de la actividad de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para el adecuado ejercicio de sus funciones.

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