LexTotal

Legislación › Orden FOM/1793/2014, de 22 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Marítimo Nacional de respuesta ante la contaminación del medio marino.

Artículo 18. Procedimiento de notificación de sucesos de contaminación en la mar.

Artículo 18. Procedimiento de notificación de sucesos de contaminación en la mar.

En los supuestos regulados por las letras c) y d) del apartado 1 del artículo 15 de esta orden, la notificación se realizará inicialmente por medios de comunicación radioeléctricos, sin perjuicio de la posterior cumplimentación del protocolo de comunicación (POLREP) aprobado por la OMI y vigente en cada momento.

← Artículo 17 Índice Artículo 19 →