Legislación › Orden FOM/1793/2014, de 22 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Marítimo Nacional de respuesta ante la contaminación del medio marino.
Artículo 33. Régimen sancionador.
Artículo 33. Régimen sancionador.
Las infracciones contra lo dispuesto en esta orden se sancionarán conforme a lo previsto por el título IV del libro tercero del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.


