Legislación › Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.
Artículo 176. Documentación exigida para la tramitación de la prórroga.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de octubre de 2014 y la del 3 de agosto de 2022.
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Artículo 176. Documentación exigida para la tramitación de la prórroga.
Para la tramitación de la prórroga, el titular de la concesión deberá presentar la siguiente documentación: (Suprimido)
a) Documentación acreditativa de la identidad del peticionario y, en su caso, del compareciente y del poder de representación en que este actúa.
b) Declaración responsable de que las instalaciones, así como las obras o modificaciones que, en su caso, se hayan realizado durante la vigencia del título concesional, se ajustan a lo previsto en su objeto, condiciones y prescripciones.
c) Proyectos o compromisos previstos en el artículo 175 de este reglamento, adjuntando en este caso fianza provisional de las obras.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de abril de 2024 En vigor | BOE-A-2024-7908 | Leer | Qué cambió |
| 3 de agosto de 2022 | BOE-A-2022-12932 | Leer | Qué cambió |
| 12 de octubre de 2014 | Texto original | Leer |


