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Legislación › Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.

Disposición adicional décima. Competencia de los Delegados del Gobierno en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Disposición adicional décima. Competencia de los Delegados del Gobierno en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Las referencias efectuadas en el Reglamento a los servicios periféricos de Costas se entenderán hechas a los Delegados del Gobierno en las Ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3 del Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno.

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