Legislación › Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Artículo 96. Objeto de la inscripción.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de octubre de 2014 y la del 25 de diciembre de 2016.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras).
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Artículo 96. Objeto de la inscripción.
Para beneficiarse de una acción derivada del marco de la Garantía Juvenil será necesario inscribirse con el objetivo de que los sujetos contemplados en las letras a), b) y b), c) y d) del artículo 88 puedan identificar a las personas interesadas que reúnen los requisitos que se establecen en la presente Ley, ley así como como, con carácter previo a la atención, permitir recabar sus características personales, educativas, formativas, de experiencia laboral, entre otras, que resultan relevantes para la posterior dicha atención.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de diciembre de 2016 En vigor | BOE-A-2016-12266 | Leer | Qué cambió |
| 17 de octubre de 2014 | Texto original | Leer |


