Legislación › Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Disposición adicional vigesimocuarta. Uniformidad de los sistemas y aplicaciones informáticas en las Oficinas del Registro Civil.
Disposición adicional vigesimocuarta. Uniformidad de los sistemas y aplicaciones informáticas en las Oficinas del Registro Civil.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 19/2015, de 13 de julio. BOE-A-2015-7851.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de julio de 2015 En vigor | BOE-A-2015-7851 | Leer | Qué cambió |
| 17 de octubre de 2014 | Texto original | Leer |
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