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Legislación › Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas.

Artículo 33. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos materiales.

Artículo 33. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos materiales.

1. Los órganos del Apoyo a la Fuerza del Ejército de Tierra, en el ámbito de los recursos materiales, son:

a) El Mando de Apoyo Logístico, responsable del material y del apoyo logístico, incluyendo su sostenimiento específico y la correspondiente ingeniería de apoyo.

b) La Inspección General del Ejército de Tierra, responsable en materias relacionadas con las infraestructuras y aquellas otras que se determinen relacionadas con la vida y funcionamiento de las unidades.

2. El órgano del Apoyo a la Fuerza de la Armada, en el ámbito de los recursos materiales, es la Jefatura de Apoyo Logístico.

3. El órgano del Apoyo a la Fuerza del Ejército del Aire, en el ámbito de los recursos materiales, es el Mando de Apoyo Logístico.

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