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Legislación › Ley 8/2014, de 17 de julio, de segunda reestructuración del sector público autonómico.

Disposición final primera. Primer mandato-marco.

Disposición final primera. Primer mandato-marco.

El primer mandato-marco previsto en el artículo 3 será aprobado por la Junta General del Principado de Asturias en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley.

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