Legislación › Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha.
Artículo 39. Definición.
Artículo 39. Definición.
1. El Sistema de Museos de Castilla-La Mancha se configura como un conjunto organizado de instituciones museísticas coordinado y gestionado por la Junta de Comunidades, al objeto de conseguir una cohesión y una unidad de criterios en el funcionamiento de las instituciones que lo integren que facilite y proporcione eficacia a su actividad.
2. El funcionamiento del Sistema de Museos de Castilla-La Mancha será objeto de desarrollo reglamentario.


