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Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 22 de octubre de 2014 · Último cambio el 27 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Ejercicio de competencias propias de los Municipios.
  7. Artículo 4. Ejercicio de la coordinación de servicios municipales.
  8. Artículo 5. Delegación del ejercicio de competencias en los Municipios.
  9. Artículo 6. Ejercicio, por las Entidades Locales, de competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación. 2 redacciones · cambió el 27/12/2024
  10. CAPÍTULO III
  11. Artículo 7. Régimen de asunción de competencias y servicios entre la Comunidad de Madrid y los Municipios de la Comunidad de Madrid.
  12. Artículo 8. Recursos humanos.
  13. Artículo 9. Subrogación en los contratos suscritos por las Entidades Locales para la gestión de servicios públicos incursos en traspasos de competencias y servicios a la Comunidad de Madrid.
  14. CAPÍTULO IV
  15. Artículo 10. Convenios y consorcios.
  16. Disposición adicional primera. Asunción por la Comunidad de Madrid de las competencias relativas a la educación, salud y servicios sociales.
  17. Disposición adicional segunda. Escuelas infantiles municipales.
  18. Disposición adicional tercera. Régimen especial del Municipio de Madrid.
  19. Disposición adicional cuarta. Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
  20. Disposición transitoria única. Adaptación estatutaria de las mancomunidades.
  21. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  22. Disposición final primera. Modificación de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
  23. Disposición final segunda. Modificación de los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid.
  24. Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario y adaptación legislativa.
  25. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  26. Firma