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Legislación › Real Decreto 877/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.

Artículo 32. Responsabilidad.

Artículo 32. Responsabilidad.

El incumplimiento por parte de los Colegios de sus obligaciones económicas respecto del Consejo General será reclamado por éste ante la jurisdicción ordinaria.

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