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Real Decreto 877/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.
En vigor Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad · Publicada el 25 de octubre de 2014 · Último cambio el 25 de octubre de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ESTATUTOS
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza y ámbito.
- Artículo 2. Funciones.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 3. Órganos.
- Sección 2
- Artículo 4. Composición.
- Artículo 5. Funcionamiento.
- Artículo 6. Reuniones.
- Artículo 7. Constitución de la Asamblea General y toma de acuerdos.
- Artículo 8. Representación delegada.
- Artículo 9. Funciones de la Asamblea General.
- Sección 3
- Artículo 10. Composición.
- Artículo 11. Funcionamiento.
- Artículo 12. Reuniones.
- Artículo 13. Funciones.
- Artículo 14. Funciones de los miembros de la Junta de Gobierno.
- Sección 4
- Artículo 15. Funciones de la Presidencia del Consejo General.
- Sección 5
- Artículo 16. Condiciones de elegibilidad.
- Artículo 17. Electores.
- Artículo 18. Presentación de candidaturas para la elección de la Presidencia y de los restantes miembros de la Junta de Gobierno del Consejo General.
- Artículo 19. Elección de la Vicepresidencia, Secretaria General, Tesorería y Vocales.
- Artículo 20. Votación y escrutinio.
- Artículo 21. Elección de la Presidencia: votación, escrutinio y proclamación.
- Artículo 22. Duración del mandato.
- Artículo 23. Cese.
- Sección 6
- Artículo 24. Moción de censura.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 25. Potestad disciplinaria.
- Artículo 26. Infracciones.
- Artículo 27. Sanciones.
- Artículo 28. Prescripción.
- Sección 2
- Artículo 29. Actuaciones previas y expediente sancionador.
- Artículo 30. Resolución del expediente.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 31. Recursos económicos del Consejo General.
- Artículo 32. Responsabilidad.
- CAPÍTULO V
- Artículo 33. Recursos administrativos y jurisdiccionales.


