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Legislación › Ley 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera de las Illes Balears.

Disposición adicional tercera. Impacto de género.

Disposición adicional tercera. Impacto de género.

Todas las denominaciones de órganos, cargos, profesiones y funciones que aparecen en esta ley en género masculino se tienen que entender referidas al género masculino o al femenino según el sexo del titular de quien se trate.

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