Legislación › Ley 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera de las Illes Balears.
Disposición adicional tercera. Impacto de género.
Disposición adicional tercera. Impacto de género.
Todas las denominaciones de órganos, cargos, profesiones y funciones que aparecen en esta ley en género masculino se tienen que entender referidas al género masculino o al femenino según el sexo del titular de quien se trate.
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