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Ley 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera de las Illes Balears.
En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 31 de octubre de 2014 · Último cambio el 13 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Definiciones 2 redacciones · cambió el 13/06/2026
- Artículo 5. Extracción ocasional.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Competencias del Gobierno.
- Artículo 7. Consejería competente en materia de minas.
- Artículo 8. Competencias de los consejos insulares.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Consejo de la Minería de las Illes Balears.
- Artículo 10. Composición.
- Artículo 11. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Registro Minero de las Illes Balears.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 13. Derechos mineros.
- Artículo 14. Órgano minero competente.
- Artículo 15. Solicitudes de derechos mineros. 2 redacciones · cambió el 13/06/2026
- Artículo 16. Solicitudes de derechos mineros en zonas de relevancia ambiental. 2 redacciones · cambió el 20/08/2016
- Artículo 17. Condiciones especiales de la solicitud de derechos mineros de la sección A.
- Artículo 18. Apertura de nuevas canteras y sus instalaciones.
- Artículo 19. Condiciones especiales de la solicitud de derechos mineros sobre yacimientos de origen no natural, estructuras subterráneas y similares.
- Artículo 20. Modificaciones y ampliaciones de autorizaciones de aguas minerales y termales.
- Artículo 21. Explotaciones de salinas.
- Artículo 22. Ocupación de terrenos para el aprovechamiento de recursos de la sección B.
- Artículo 23. Condiciones especiales de la solicitud de derechos mineros de recursos de la sección C. 3 redacciones · cambió el 24/07/2015
- Artículo 24. Condiciones especiales de la solicitud de aprovechamiento de recursos geotérmicos.
- Artículo 25. Tramitación de los expedientes de ocupación de terrenos y similares.
- Artículo 26. Subsanación de las solicitudes.
- Artículo 27. Informe municipal preceptivo.
- Artículo 28. Información pública.
- Artículo 29. Compatibilidad con derechos mineros preexistentes y otros usos de interés público.
- Artículo 30. Trámite de audiencia.
- Artículo 31. Resolución.
- Artículo 32. Notificación y publicidad.
- Artículo 33. Vinculación al planeamiento municipal. 3 redacciones · cambió el 13/12/2024
- CAPÍTULO II
- Artículo 34. Contenido de los derechos mineros.
- Artículo 35. Vigencia temporal de los derechos mineros.
- Artículo 36. Prórroga de derechos mineros.
- Artículo 37. Prórroga de autorizaciones de las secciones A y B.
- Artículo 38. Prórroga de concesiones de las secciones C y D.
- Artículo 39. Ampliaciones de autorizaciones de recursos mineros. 2 redacciones · cambió el 13/06/2026
- CAPÍTULO III
- Artículo 40. Garantías financieras.
- Artículo 41. Constitución de las garantías financieras. 2 redacciones · cambió el 30/12/2015
- Artículo 42. Devolución de las garantías.
- TÍTULO IV
- Artículo 43. Contenido.
- Artículo 44. Obligaciones de los explotadores autorizados. 2 redacciones · cambió el 13/06/2026
- Artículo 45. Unidades de explotación.
- Artículo 46. Obligación de restaurar.
- Artículo 47. Restauración o reutilización de canteras a cargo de la administración.
- Artículo 48. Transmisión de los derechos mineros.
- Artículo 49. Transmisión de derechos mineros de la sección A.
- Artículo 50. Transmisión de los derechos mineros por actos mortis causa.
- TÍTULO V
- Artículo 51. Coordinación administrativa.
- Artículo 52. Coordinación con el régimen de aplicación en materia de licencias urbanísticas y actividades.
- Artículo 53. Coordinación con el procedimiento de evaluación ambiental.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 54. Inspección minera.
- Artículo 55. Ejercicio de la potestad inspectora.
- Artículo 56. Facultades.
- Artículo 57. Actas de inspección.
- Artículo 58. Consecuencias de la actividad de inspección.
- CAPÍTULO II
- Artículo 59. Responsables de las infracciones.
- Artículo 60. Competencia sancionadora.
- Artículo 61. Procedimiento sancionador. 2 redacciones · cambió el 13/06/2026
- Artículo 62. Medidas cautelares.
- Artículo 63. Prescripción.
- Artículo 64. Concurrencia de sanciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 65. Infracciones.
- Artículo 66. Infracciones leves.
- Artículo 67. Infracciones graves.
- Artículo 68. Infracciones muy graves.
- Artículo 69. Sanciones.
- Artículo 70. Graduación de las sanciones.
- Artículo 71. Reparación de daños.
- Artículo 72. Multas coercitivas.
- Artículo 73. Suspensión temporal o caducidad.
- Artículo 74. Información al Consejo de la Minería de las Illes Balears.
- Disposición adicional primera. Normativa aplicable a los procedimientos en materia minera.
- Disposición adicional segunda. Legalización de las edificaciones, construcciones e instalaciones vinculadas a la fabricación de cerámicas para la construcción.
- Disposición adicional tercera. Impacto de género.
- Disposición transitoria primera. Procedimiento para actualizar y regularizar los derechos mineros.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de obtención de declaración de impacto ambiental.
- Disposición transitoria tercera. Solicitudes en trámite.
- Disposición transitoria cuarta. Registro Minero de las Illes Balears.
- Disposición transitoria quinta. Planes directores sectoriales de canteras.
- Disposición transitoria sexta. Estudios de viabilidad de grandes infraestructuras de transporte. 2 redacciones · cambió el 20/10/2020
- Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


