Legislación › Resolución de 31 de octubre de 2014, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de octubre de 2014, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales.
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6. Mantenimiento e implantación del Plan
El mantenimiento del Plan Estatal tiene los siguientes objetivos:
• Comprobar y mejorar la eficacia del Plan.
• Incorporar los cambios pertinentes aconsejados por la adquisición de nuevos conocimientos sobre el riesgo por incendios forestales.
Para ello las acciones de mantenimiento serán las siguientes:
• Análisis de los datos referentes al riesgo por incendios forestales y del sistema de información sobre todos los incendios forestales.
• Difusión del Plan entre las instituciones y el personal involucrado en su aplicación.
• Contribuir a la mejora del conocimiento sobre el riesgo de incendios forestales y las medidas de autoprotección entre los ciudadanos.
• Realización de jornadas periódicas de análisis de la campaña de incendios forestales que permitan sacar y incorporar las correspondientes lecciones aprendidas.
• Realización de ejercicios y simulacros, que permitan la incorporación de un programa de lecciones aprendidas que mejoren su implantación.
Para la realización de estas actuaciones se recabará la colaboración de los órganos competentes en materia de protección civil de las comunidades autónomas.
Realizar acciones de formación dirigidas a los componentes de los servicios de intervención, para que puedan atender adecuadamente las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situación de vulnerabilidad.
Se modifica por el apartado 7.3 de la Orden PCI/1283/2019, de 27 de diciembre. BOE-A-2020-47
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-47 | Leer | Qué cambió |
| 8 de noviembre de 2014 | Texto original | Leer |


