Legislación › Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears.
Artículo 52. Revocación.
Artículo 52. Revocación.
Las autorizaciones pueden ser revocadas por los ayuntamientos en caso de incumplimiento de la normativa de comercio y de las normas sectoriales. Esta revocación debe ser motivada.


