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Legislación › Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears.

Artículo 52. Revocación.

Artículo 52. Revocación.

Las autorizaciones pueden ser revocadas por los ayuntamientos en caso de incumplimiento de la normativa de comercio y de las normas sectoriales. Esta revocación debe ser motivada.

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