Legislación › Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia.
Disposición transitoria primera. Vigencia del Decreto 141/2007.
Disposición transitoria primera. Vigencia del Decreto 141/2007.
El Consejo Nacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgéneros e Intersexuales sustituye a todos los efectos el Consejo Nacional de Lesbianas, Gays y Hombres y Mujeres Bisexuales y Transexuales creado por el Decreto 141/2007, de 26 de junio. Mientras no entre en vigor un nuevo reglamento, dicho decreto mantiene su vigencia en todo cuanto no contradiga la presente ley.
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