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Legislación › Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia.

Disposición transitoria segunda. Procedimiento sancionador.

Disposición transitoria segunda. Procedimiento sancionador.

Mientras no se apruebe un decreto que regule el procedimiento sancionador en materia antidiscriminatoria, sigue siendo de aplicación el procedimiento establecido por el Decreto 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de competencia de la Generalidad.

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