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Legislación › Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón.

Artículo 37. Órganos de participación.

Artículo 37. Órganos de participación.

En materia de política familiar y para garantizar el cumplimiento de los principios y objetivos de esta ley y la protección integral de la familia se dispone de los siguientes órganos de participación:

a) El Observatorio Aragonés de Familia, que se regula por su normativa específica.

b) La Comisión Interdepartamental de Familia, cuyas funciones y composición se regulan en los artículos siguientes.

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