Legislación › Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón.
Artículo 37. Órganos de participación.
Artículo 37. Órganos de participación.
En materia de política familiar y para garantizar el cumplimiento de los principios y objetivos de esta ley y la protección integral de la familia se dispone de los siguientes órganos de participación:
a) El Observatorio Aragonés de Familia, que se regula por su normativa específica.
b) La Comisión Interdepartamental de Familia, cuyas funciones y composición se regulan en los artículos siguientes.


