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Legislación › Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón.

Artículo 38. Funciones de la Comisión Interdepartamental de Familia.

Artículo 38. Funciones de la Comisión Interdepartamental de Familia.

A la Comisión Interdepartamental de Familia le corresponden las siguientes funciones:

a) Profundizar sobre los objetivos del Gobierno de Aragón en materia de política familiar.

b) Estudiar iniciativas de los distintos órganos directivos que afecten directamente a las familias.

c) Proponer líneas de acción que permitan desarrollar políticas de apoyo a las familias.

d) Asesorar sobre medidas relacionadas con las familias.

e) Conocer los proyectos normativos que contemplen recursos para las unidades familiares.

f) Promover estudios de investigación y análisis de contenido económico y social que puedan servir de diagnóstico de trabajo para la implementación de servicios destinados a las familias aragonesas.

g) Evaluar el cumplimiento de las medidas previstas en la presente ley.

h) Aquellas otras funciones que el Gobierno de Aragón le atribuya.

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