LexTotal

Legislación › Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.

Disposición adicional primera. Informes técnicos de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).

Disposición adicional primera. Informes técnicos de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).

La Dirección General de Política Universitaria formalizará los acuerdos o convenios pertinentes con la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) en orden a la emisión de los informes previstos en este real decreto.

← Artículo 27 Índice Disposición adicional segunda →