Legislación › Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Artículo 131. Facultades de la Administración para determinar la base imponible y otros elementos tributarios.
Artículo 131. Facultades de la Administración para determinar la base imponible y otros elementos tributarios.
A los efectos de determinar la base imponible, la Administración tributaria aplicará las normas a que se refiere el artículo 10.3 de esta Ley.
En el caso del derecho a la conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria al que se refiere el artículo 130 de esta Ley, la Administración tributaria podrá comprobar cualquiera de las circunstancias determinantes de dicha conversión, en particular las pérdidas contables.
Se modifica por el art. 70 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. BOE-A-2018-9268
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de julio de 2018 En vigor | BOE-A-2018-9268 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | Texto original | Leer |


