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Legislación › Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

La presente ley será de aplicación a la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a sus organismos públicos y a los demás entes integrantes de su sector público.

En la realización de trabajos, acciones y desarrollos normativos para el cumplimiento de los principios y criterios recogidos en esta ley tendrán carácter prioritario aquellos que incidan en el ámbito de las actividades de servicios.

A la Universidad de La Rioja le serán aplicables los fines y principios de la presente ley.

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