Legislación › Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa.
Disposición adicional primera. Especificidades en materia de contratación y en el ámbito tributario.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de octubre de 2014 y la del 1 de febrero de 2018.
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Disposición adicional primera. Especificidades en materia de contratación y en el ámbito tributario.
La presente ley se aplicará a los procedimientos en materia tributaria y de contratación pública en lo que no se oponga a lo dispuesto en sus normas especiales.
Los órganos de contratación de la Administración general garantizarán que todas las comunicaciones e intercambios de información, y en particular la presentación electrónica de ofertas, se llevan a cabo utilizando medios de comunicación electrónicos, informáticos y telemáticos, en el marco de las directivas europeas y de la legislación estatal.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de febrero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-1917 | Leer | Qué cambió |
| 23 de octubre de 2014 | Texto original | Leer |


