Legislación › Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
Artículo 15. Parcelas agrícolas a disposición del agricultor.
Artículo 15. Parcelas agrícolas a disposición del agricultor.
Las parcelas agrícolas de hectáreas admisibles utilizadas para justificar derechos de ayuda deberán estar a disposición del agricultor, bien en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento, aparcería o asignación por parte de una entidad gestora de un bien comunal, a fecha fin del plazo de modificación de la solicitud única.
Se modifica por el art. 1.6 del Real Decreto 1378/2018, de 8 de noviembre. BOE-A-2018-15349
Se amplía para el año 2016 el plazo previsto hasta el 15 de junio, por el art. único.1 de la Orden AAA/726/2016, de 13 de mayo. BOE-A-2016-4645.
Se modifica por el art. 1.7 del Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-14282.
Se amplía para el año 2015 el plazo previsto hasta el 15 de junio, por el art. 1.1 de la Orden AAA/872/2015, de 12 de mayo. BOE-A-2015-5316.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2018-15349 | Leer | Qué cambió |
| 14 de mayo de 2016 | BOE-A-2016-4645 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2015-14282 | Leer | Qué cambió |
| 14 de mayo de 2015 | BOE-A-2015-5316 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | Texto original | Leer |


